Los valores, que presentan una variación del 11% en relación con los de abril y coinciden con el índice de inflación de marzo, se desprenden del decreto de necesidad y urgencia (DNU) 274, que dispuso que en el quinto mes del año “los ingresos tendrán una suba de un porcentaje equivalente a la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) del tercer mes del año”.
Como se banticipó en su momento, el DNU en cuestión estableció el reemplazo de la fórmula de movilidad que estaba en vigencia por el uso del porcentaje de inflación con dos meses de rezago para actualizar los ingresos previsionales es una medida que se hará formalmente efectiva en julio.
Pero, a la vez, dispone un mecanismo especial por el cual, en la práctica, los ingresos también serán reajustados por inflación en abril, en mayo y en junio. Eso alcanzará a todos los haberes, sin importar su monto.
La Nación