Por medio de la Resolución 110/2024 publicada este viernes en el Boletín Oficial, de la Unidad de Información Financiera (UIF), el organismo estableció los lineamientos específicos para que los Sujetos Obligados reporten operaciones sospechosas vinculadas al blanqueo de capitales establecido en la ley N.º 27.743.
Según lo publicado en el texto oficial, el objetivo de la Resolución es establecer un mecanismo especial para el reporte de operaciones sospechosas (ROS) vinculadas al blanqueo para “sujetos Obligados y tendrá vigencia durante el periodo de blanqueo”.
Obligaciones
-Implementar un sistema de gestión de riesgos acorde al RRA.
-Reportar ROS vinculadas al RRA a través de la página web de la UIF (www.uif.gob.ar/sro) en el apartado “ROS RRA”.
-El reporte debe estar debidamente fundado, detallando las circunstancias que lo hacen sospechoso en el marco del RRA, y analizar la operatoria y el perfil transaccional del cliente.
-Se aplican las demás obligaciones de los Sujetos Obligados según la normativa vigente.
-La actividad de los Sujetos Obligados bajo esta medida está protegida por el secreto (Ley N° 25.246, art. 21 inc. c) y 22).
Definición de perfil transaccional del cliente
La norma sostiene que, basado en el propósito y naturaleza esperada de la relación comercial, el cliente deberá presentar la información transaccional y documentación sobre su situación económica, patrimonial y financiera.
La norma entra en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial, es decir, este viernes 19 de julio.
Ámbito