Ahora, se presentó el Monitor de casos de abuso de la virtualidad, en el que se analiza el juicio oral contra cuatro integrantes de la Concentración Nacional Universitaria por delitos de lesa humanidad.
La justicia es uno de los pocos ámbitos que eludió la presencialidad total luego de la pandemia. Más allá de las víctimas y victimarios, que buscan estar cara a cara con los funcionarios judiciales durante los procesos, cada vez son más los organismos e instituciones que critican estos “privilegios”. El Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP) dio el puntapié inicial y lanzó la campaña “Basal de justicia por Zoom”. Ahora, presentó el Monitor de casos de abuso de la virtualidad.
Esta iniciativa busca documentar y analizar situaciones concretas en las que el uso de audiencias remotas afecta principios fundamentales del juicio oral.
El Monitor parte de una premisa sencilla: un caso concreto permite formular un argumento claro sobre los límites que la virtualidad debe respetar en la administración de justicia. No se trata de cuestionar el uso de tecnologías en sí mismas, sino de advertir cuándo su aplicación deja de ser excepcional y comienza a erosionar garantías básicas del proceso penal.
El primer caso analizado refiere a un juicio por crímenes de lesa humanidad contra tres integrantes de la Concentración Nacional Universitaria (CNU). La audiencia se inició esta semana en la ciudad de La Plata sin jueces ni imputados presentes en la sala. Solo uno de los cuatro jueces subrogantes del Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°1 participó de manera remota, al igual que los acusados. Durante la audiencia, además, se registraron dificultades técnicas que obstaculizaron la comunicación.
Desde INECIP precisaron que este episodio resulta especialmente preocupante por el tipo de proceso del que se trata. Los juicios por crímenes de lesa humanidad exigen un estándar reforzado de presencia institucional y de compromiso del tribunal con el debate oral. La oralidad no se limita a la posibilidad formal de intervenir por turno: supone inmediación real, escucha activa, observación directa de las partes, control efectivo del desarrollo de la audiencia y una asunción personal y visible de la responsabilidad de juzgar.
“Cuando los jueces no están físicamente en la sala y participan de manera remota, estos principios se ven seriamente debilitados. Se pierde el contacto humano que da sentido al juicio oral, se diluye el control del debate y se afecta la percepción pública de que las decisiones adoptadas son el resultado de un ejercicio pleno, responsable y comprometido de la función jurisdiccional”, advirtieron desde el instituto, y añadieron: «En casos de alta sensibilidad social, como los juicios por crímenes de lesa humanidad, este impacto es aún más profundo y compromete la legitimidad misma del proceso”.
De este modo, INECIP trata de contribuir a un debate informado y responsable sobre los límites del uso de la virtualidad en la justicia penal, y promover criterios claros que resguarden los principios que sostienen el juicio oral y público.
“Invitamos a magistrados, operadores judiciales, investigadores, organizaciones y a la ciudadanía en general a sumarse a la campaña Basta de justicia por Zoom, seguir el Monitor y acercar casos que permitan continuar visibilizando estas prácticas y sus consecuencias institucionales”, concluyó la institución en un comunicado.




