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    Inicio » Sigue el ajuste a jubilados: apenas 2,4% de aumento y con bono congelado
    27 marzo 2025 SOCIEDAD

    Sigue el ajuste a jubilados: apenas 2,4% de aumento y con bono congelado

    El Gobierno nacional oficializó un magro aumento del 2,4 por ciento para los haberes jubilatorios y pensiones a partir de abril, y confirmó que otorgará nuevamente un bono extraordinario de 70 mil pesos, que no lo actualizará ni incorporará formalmente al haber. La medida elevará la mínima a 285.820 pesos, lo cual sigue manteniendo las jubilaciones por debajo de la línea de indigencia.
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    La administración nacional determinó el porcentaje de la suba en relación a los datos de la inflación de febrero, en su creencia de que el número oficial avanza en paralelo a la realidad de la economía doméstica.

    De esta manera, el reajuste hará que el haber mínimo ascenderá de 279.121 a 285.820 pesos, que sumado al bono tendrá un techo de 355.820 pesos. Quienes cobren sumas mayores a esa cifra y estén en esa misma categoría tendrán un bono proporcional hasta alcanzarla. O sea que aquel jubilado que reciba 300 mil pesos por mes, recibirá como bono sólo 55.820.

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    Por otra parte, las jubilaciones máximas pasarán de 1.878.224 a 1.923.302. La Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) ratificó que estos beneficiarios no tendrán bono.

    La información fue oficializada mediante la Resolución 179/2025, firmada por el titular de la Anses, Fernando Bearzi, y publicada en el Boletín Oficial también estableció las bases imponibles mínima y máxima en 96.264,34 y 3.128.545,73, respectivamente, a partir del período devengado abril de 2025.

    Paralelamente se determinó que el importe de la Prestación Básica Universal (PBU) aplicable a partir del próximo mes será de 130.749,89.

    En tanto, el importe de la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) se fijó en la suma de 228.656,50 pesos que, con el bono de 70 mil, ascenderá a 298.656.

    Con el mencionado bono, que continúa sin ser actualizado, las jubilaciones mínimas subirán en abril apenas 1,91 por ciento respecto de marzo, es decir por debajo de la inflación oficial de ese mes. Y los 355.820 que los jubilados cobrarán el mes próximo seguirán debajo de la línea de indigencia, calculada en 434.620 pesos.

    Desde que Javier Milei asumió la presidencia se otorgaron dos bonos de 55 mil pesos en los primeros dos meses del 2024 y desde marzo del año pasado en adelante pasó a ser de 70 mil.

    El bono previsional será otorgado a los siguientes beneficiarios:

    • Las personas titulares de las prestaciones contributivas previsionales a cargo de la Anses, otorgadas en virtud de la Ley N° 24.241, sus modificatorias y complementarias, de regímenes nacionales generales anteriores y sus modificatorias, de regímenes especiales derogados, o por las ex-Cajas o Institutos Provinciales y Municipales de Previsión cuyos regímenes fueron transferidos a la Nación, cuya movilidad se rija por el artículo 32 de la Ley N° 24.241 y de las prestaciones del régimen establecido por el Decreto Nº 160/05; .
    • Las personas beneficiarias de la Pensión Universal para el Adulto Mayor, instituida por el artículo 13 de la Ley Nº 27.260 y sus modificatorias.
    • Las personas beneficiarias de pensiones no contributivas por vejez, invalidez, madres de 7 hijos o más y demás pensiones no contributivas y pensiones graciables cuyo pago se encuentra a cargo de la Anses.

    La ayuda previsional fue confirmada por el Ejecutivo mediante el Decreto 231/2025, donde se aludió al Índice de Movilidad Jubilatoria aplicado desde marzo de 2021, por la ley 27.609, exponiendo los efectos adversos de la inflación en los haberes jubilatorios abonados bajo la mencionada fórmula.

    Al respecto, el texto oficial señaló que “la Ley N° 27.609 implicó efectos perjudiciales para todos los jubilados y pensionados, pero principalmente respecto de aquellos de menores ingresos, resultando necesario acudir a su sostenimiento mediante el otorgamiento de ayudas económicas previsionales y/o bonos extraordinarios previsionales mensuales por diferentes montos, desde el mes de enero de 2024 y hasta marzo de 2025, inclusive”.

    Por otro lado, precisó que “para percibir el presente Bono Extraordinario Previsional, los beneficios deben encontrarse vigentes en el mismo mensual en que se realice su liquidación” y especificó que el bono “tendrá carácter de no remunerativo y no será susceptible de descuento alguno ni computable para ningún otro concepto”.

    Asimismo, dispuso que “en el caso de beneficios de pensión, cualquiera sea la cantidad de copartícipes, estos deberán ser considerados como un único titular a los fines del derecho a la percepción del Bono Extraordinario Previsional que se otorga” por ese mismo decreto.

    Página 12

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