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    Inicio » Otra medida cautelar ordena al InSSSeP a cubrir la medicación oncológica de una paciente con cáncer de mama
    4 marzo 2024 JUDICIALES

    Otra medida cautelar ordena al InSSSeP a cubrir la medicación oncológica de una paciente con cáncer de mama

    El Juzgado Civil y Comercial 6 decretó una medida cautelar innovativa a favor de una afiliada para que el InSSSeP, “en forma urgente” provea en tiempo y forma, del medicamento oncológico y en sus dosis prescriptas para el tratamiento del carcinoma de mama que padece. Dispuso de un plazo de 48 horas para su cumplimiento.
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    Otra medida cautelar ordena al InSSSeP a cubrir la medicación oncológica de una paciente con cáncer de mama
    InSSSeP.
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    El Juzgado Civil y Comercial 6 hizo lugar a una medida cautelar innovativa promovida por una afiliada para que el InSSSeP, “en forma urgente” provea en tiempo y forma, del medicamento oncológico y en sus dosis prescriptas para el tratamiento del carcinoma de mama que padece, “y todas aquellas dosis que se necesiten a futuro a tal efecto, hasta que se dicte sentencia en la causa principal.

    La resolución lleva la firma del juez Jorge Mladen Sinkovich quien además ordenó habilitar “días y horas inhábiles para la notificación de la presente resolución de la que se adjuntará copia, al igual que copia del escrito de iniciación, de conformidad a lo normado por el artículo 151 del Código Procesal Civil y Comercial”. “Hágase saber a la parte demandada que en el plazo de dos (2) días de notificada la presente deberá informar sobre su cumplimiento. Toda previa caución juratoria que se prestará en la forma dispuesta en el considerando”, expresa en la parte resolutiva.

    La mujer padece de un carcinoma mamario invasor, y “posee la imperiosa necesidad de recibir adecuadamente la medicación oncológica prescripta por su médico para tratar su patología y así poder acceder a una mejor calidad de vida que hace a la dignidad de todo ser humano”, señala en los considerandos.

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    Sostiene que “vinculado al peligro en la demora, resulta incuestionable su configuración dada las circunstancias de la causa, ya que de ser privada la peticionante al acceso de los medicamentos oncológicos necesarios para el tratamiento de su enfermedad, se pone en riesgo el bien jurídico a tutelar: la viday la salud de la misma”. “Es que su salud es la que está en riesgo frente a la impotencia que significa sortear la burocracia a la que muchas veces someten las obras sociales, empresas de medicina prepagas, etc. e incluso hasta el propio Estado, retardando y negando las prestaciones imprescindibles para la recuperación de la salud de las personas, situación que de no ser atendida, podría derivar en un perjuicio irreparable, sumado al tiempo irrazonable que pueden llegar a insumir los procesos judiciales”.

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