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    4 septiembre 2026 ACTUALIDAD

    Rockhopper y Navitas acumulan cinco sanciones, ninguna bajo el gobierno de Milei

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    Recibieron diversos castigos entre 2012 y 2022, incluida la pena máxima: prohibición de operar en territorio argentino por 20 años.

    En todos los casos, las autoridades nacionales aplicaron el régimen previsto en la ley 26.659, sancionada en 2011 y que prohíbe las actividades petroleras (exploración y explotación) en Malvinas sin permiso oficial de la Secretaría de Energía.

    A pesar de que las dos petroleras extranjeras continuaron con su actividad, desde que asumió en diciembre de 2023 el gobierno de Javier Milei no sancionó ni una vez a las petroleras ni buscó poner en práctica las sanciones anteriores. Recién emitió una comunicación en diciembre de 2025 ante un hecho trascendental: las dos petroleras anunciaron que ponían en marcha el proceso para empezar la producción de petróleo en el yacimiento Sea Lion en marzo de 2028.

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    En su discurso de la noche de este jueves, el presidente dijo que firmará un decreto “para dotar de mayor celeridad a los procedimientos sancionatorios que impone la Ley 26.659 contra quienes participan de iniciativas de extracción de petróleo en territorio argentino bajo ocupación británica.” No aclaró cómo piensa lograr ese objetivo de “dotar de mayor celeridad” a los procedimientos que, en última instancia, dependen de su propia voluntad política.

    Sanciones

    En junio de 2012, la Secretaría de Energía de la Nación publicó la Resolución 133/2012 que declaró “ilegales y clandestinas” las actividades de exploración y producción petrolera desarrolladas por Rockhopper en la Cuenca de Malvinas Norte por carecer de concesión, permiso o autorización de la autoridad administrativa argentina competente.

    Posteriormente, en agosto de 2013, la misma secretaría emitió la Resolución 456/2013 por la que el Estado nacional sancionó a Rockhopper con la inhabilitación para operar en la República Argentina por un período de 20 años. Adicionalmente, se dispuso su inscripción en el Registro de Empresas Inhabilitadas para desarrollar actividades petroleras en el territorio nacional.

    Dos años después, en julio de 2015, el Juzgado Federal de Río Grande, en Tierra del Fuego, ordenó un embargo preventivo por más de U$S 156 millones sobre bienes, buques y activos de un conjunto de empresas petroleras británicas e internacionales que operaban clandestinamente en la Plataforma Continental, incluyendo a Rockhopper. Las otras empresas eran: Falkand Oil and Gas Limited (FOGL), Edison International SPA, Noble Energy Inc. y su filial Noble Energy Falkland Limited y Premier Oil.

    Rockhopper y Navitas: antecedentes

    En aquel momento, Rockhopper, junto con su socia de entonces, Premier Oil, había contratado la plataforma Eirik Raude para realizar exploraciones en búsqueda de petróleo en el norte de Malvinas, donde se encuentra el yacimiento Sea Lion.

    Por su parte, el Estado argentino ha sancionado a Navitas Petroleum en diversas ocasiones, aunque éstas son más cercanas en el tiempo porque Navitas pago su derecho de expoliar suelo malvinense recién en febrero de 2020.

    En julio de ese año, la Secretaría de Energía de la Nación la notificó formalmente e inició un procedimiento administrativo sancionatorio tras el acuerdo comercial por el cual adquirió una participación en el proyecto petrolero Sea Lion sin autorización formal.

    En abril de 2022, el gobierno nacional declaró ilegales las actividades de Navitas y le aplicó la sanción de inhabilitación por 20 años para realizar cualquier tipo de actividad de exploración o explotación de hidrocarburos en todo el territorio argentino, incluyendo la Plataforma Continental (Resolución 240/2022 de la Secretaría de Energía).

    En tanto, la única acción del gobierno de Javier Milei fue expresar, dos años después de asumido en la Casa rosada, en diciembre de 2025, “su más enérgico rechazo” al anuncio de que las dos petroleras habían tomado la Decisión Final de Inversión (FID).

    En ese comunicado la Cancillería argentina expresó: “En consecuencia, quienes intervengan o faciliten dichas actividades (exploración o explotación de petróleo) quedarán expuestos a la adopción de medidas administrativas, legales y judiciales, incluyendo sanciones, restricciones operativas, inhabilitaciones y acciones en jurisdicciones nacionales e internacionales”. Agrega: “La República Argentina desalienta de manera expresa la participación en estos emprendimientos ilegales y se reserva el derecho de ejercer plenamente todas las acciones disponibles para impedir su desarrollo y salvaguardar sus derechos e intereses soberanos”.

    Tiempo Argentino

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