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    3 agosto 2026 DESTACADOS

    Disuelven el Instituto Nacional de Alimentos y redistribuyen sus funciones entre dos organismos

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    El Gobierno de Milei reorganizó el sistema de control alimentario del país, disolviendo al Instituto Nacional de Alimentos (INAL) y redistribuyendo sus funciones entre dos organismos, según su especialidad: el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) y el Ministerio de Salud, mientras que también se modificó el Código Alimentario Nacional, estableciendo por primera vez un plazo máximo para su actualización.

    Así lo indicó a través del Decreto N° 697/2026 publicado este lunes en el Boletín Oficial al que accedió la Agencia Noticias Argentinas, el SENASA absorbe las funciones de registro, control y fiscalización de alimentos, mientras que la cartera sanitaria concentra su rectoría en la definición de política alimentaria, con foco inicial en la eliminación de colorantes y saborizantes de los alimentos procesados.

    Esta distribución no es azarosa, ya que, el SENASA ya cuenta con la infraestructura territorial de control alimentario más grande del país -laboratorios, cuerpo de inspectores y despliegue en todo el territorio nacional para producción primaria e industrial-, algo que el INAL nunca tuvo desplegado con esa escala. Se trata de una cuestión de capacidad operativa instalada, no de jerarquía institucional.

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    Con esta reorganización se separan las funciones de control de las funciones de rectoría sanitaria: SENASA se especializa en la fiscalización operativa de alimentos en todo el país, mientras que el Ministerio de Salud concentra su capacidad técnica en la conducción de políticas de alimentación saludable, comenzando por la agenda de reducción de colorantes y saborizantes en productos procesados.

    Los puntos salientes de la medida

    1- Fortalecimiento y centralización de competencias en SENASA. El SENASA asume las funciones de registro, control y fiscalización de alimentos que ejercía el INAL, centralizando esas competencias para consolidar un sistema más simple, eficiente y previsible. Se eliminan las duplicaciones de competencias y controles, concentrando en el SENASA el registro, el control y la fiscalización de importaciones de productos alimenticios.

    El SENASA autorizará y supervisará establecimientos oficiales provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que verifiquen normas del Código Alimentario Argentino; las habilitaciones serán realizadas por el SENASA o las provincias, según corresponda.

    2- Simplificación regulatoria y reducción de la carga administrativa. Se simplifica el sistema de control alimentario, eliminando duplicaciones y reduciendo la carga administrativa, sin afectar la protección de la salud pública. Se reconocen por equivalencia las certificaciones de aditivos, coadyuvantes tecnológicos e ingredientes emitidas por países con sistemas de control reconocidos o que aplican el Codex Alimentarius, evitando trámites y evaluaciones duplicadas.

    Se eliminan evaluaciones y procedimientos duplicados para productos ya autorizados en el exterior y para registros, productos y establecimientos que anteriormente eran evaluados por el INAL y el SENASA.

    3- Modernización de procesos y sistemas. Se establece una Base Única de Datos a cargo del SENASA, centralizando la información y los registros de productos y establecimientos para agilizar la gestión y fortalecer la trazabilidad. Se centralizan los registros de productos y establecimientos en un único organismo, simplificando los trámites y reduciendo la burocracia para los usuarios.

    Se establece un plazo máximo de 45 días hábiles para actualizar el Código Alimentario Argentino, brindando mayor previsibilidad, transparencia y agilidad al proceso de modificación de la normativa.

    4- Facilitación del comercio. Se agilizan las importaciones de alimentos envasados para venta directa, estableciendo controles posteriores al ingreso para evitar demoras innecesarias en su comercialización. Se facilita la exportación de alimentos, estableciendo que los productos deberán cumplir los requisitos del país de destino y que las certificaciones serán emitidas por un único organismo con reconocimiento internacional.

    5- Descentralización y armonización. El SENASA impulsará convenios con las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para avanzar hacia un sistema armonizado de registros, requisitos, aranceles y sanciones. Se establece un registro único para establecimientos, con una identificación clara para la comercialización nacional, simplificando la identificación de los establecimientos en todo el país.

    6- Nueva agenda de política alimentaria del Ministerio de Salud. El Ministerio de Salud de la Nación absorbe dentro de su estructura central las funciones de definición de política alimentaria que ejercía el INAL, concentrando su trabajo en la evidencia científica sobre composición de alimentos.

    La primera prioridad de esta nueva agenda es avanzar en la eliminación de colorantes y saborizantes de los alimentos procesados, en línea con estándares internacionales de alimentación saludable.

    Esta función de rectoría es complementaria, no redundante, con el trabajo de control operativo que asume SENASA: mientras SENASA fiscaliza que los alimentos cumplan la normativa vigente, el Ministerio de Salud y la Secretaría de Agricultura definen qué debe decir esa normativa (código alimentario argentino).

    NA

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