Por orden de la Casación, la Cámara Federal admitió la reversión del procesamiento del expresidente, hasta que nuevos testimonios decidan si debe ser sobreseído o procesado nuevamente.
La Sala II de la Cámara Federal porteña firmó la falta de mérito en la causa por corrupción contra Alberto Fernández. No significa que el ex presidente no haya cometido los delitos de negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública e incumplimiento de los deberes de funcionario público, sino que se deben tomar una serie de testimoniales y volver a evaluar la situación.
Esta falta de mérito sólo se aplica a Alberto Fernández, y no al resto de exfuncionarios y empresarios procesados por corrupción.
Después del fallo de la Cámara Federal de Casación Penal, que anuló la confirmación del procesamiento por hechos de corrupción contra el ex Jefe de Estado, la Cámara de Apelaciones integrada por los jueces Roberto Boico, Eduardo Farah y Martín Irurzun, no tuvo más opción que dictar la falta de mérito, esto es: Alberto Fernández debe seguir bajo investigación y se tienen que sustanciar una serie de medidas de prueba pedidas por la defensa antes de resolver su situación procesal.
En la resolución a la que accedió Clarín, de forma unánime los camaristas resolvieron dictar la falta de mérito.
En su voto el juez Roberto Boico señaló que el análisis de todas las actuaciones “me conduce a mantener conceptualmente la postura asumida al confirmar el procesamiento de Alberto Fernández”, sin embargo ante el fallo de la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal, resolvió votar “en exclusiva sujeción al criterio allí decidido” la falta de mérito para el ex presidente.
En ese sentido aclaró que en lo que refiere a los demás acusados en el marco del expediente, cuyas quejas fueran oportunamente declaradas inadmisibles, se decidió “modificar solo el procesamiento de Alberto Fernández”, y rechazó la posible extensión de la anulación a otros imputados.
Continuando esa línea de análisis, el camarista Martín Irurzun señaló a la hora de argumentar su postura que, “atendiendo a lo expresamente resuelto por la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal, corresponde revocar el fallo que procesó y embargó a Alberto Fernández” motivo por el cual “cabrá a la anterior instancia expedirse nuevamente sobre el mérito de este y los demás casos que conforman la causa”, es por ello que ahora la causa vuelve a la instancia anterior. En esta ocasión el juzgado es subrogado por el juez Ariel Lijo.
Al analizar los planteos de las demás defensas que buscaban que la falta de mérito se extienda a ellos, el juez Irurzun consideró que no corresponde hacer lugar a tales pretensiones, ya que lo resuelto por el máximo tribunal penal, se concentraba exclusivamente en Alberto Fernández.
En este último punto votó en disidencia el juez Eduardo Farah, que convalidó la falta de mérito del ex Jefe de Estado, sin embargo entiende que bajo ese criterio debe evaluarse la situación procesal de Héctor Martínez Sosa.
Al respecto indico: “La decisión sobreviniente sobre Alberto Fernández -a mi entender- incide de un modo sustancial sobre la comprensión de aquellas maniobras, que fueron calificadas como constitutivas del delito de negociaciones incompatibles con la función pública a partir, precisamente, de la relación de amistad preexistente entre aquél (Presidente de la Nación) y Martínez Sosa (intermediario entre varios organismos estatales y Nación Seguros -también de patrimonio estatal- y beneficiario de importantes comisiones por esa gestión)”.
El razonamiento del juez Farah fue el siguiente: “sino puede sostenerse -válidamente- que fueron las acciones de Alberto Fernández las que facilitaron el exponencial aumento en los negocios de Martínez Sosa con el Estado (fuente del conflicto de interés propio del delito investigado), será necesario reformular la responsabilidad que hasta ahora vino asignándosele en el expediente a los funcionarios de Nación Seguros S.A”.
A los integrantes de la compañía de Estado, se los señaló como “ejecutores del favorecimiento presidencial y a los demás privados involucrados como beneficiarios de las comisiones pagadas, labor que no puede ser llevada a cabo aquí y ahora pues depende del resultado de las diligencias probatorias que habrán de practicarse y de la -eventual- renovación de sus declaraciones indagatorias”.
Ahora, el expediente volverá al juez de instrucción -Ariel Lijo- quien deberá “practicar las medidas que propició oportunamente la defensa de Alberto Fernández, a las que adhirió el Fiscal General cuando dictaminó coincidentemente en la audiencia realizada ante esta Cámara”, indicaron los camaristas.
Fuentes judiciales señalaron a Clarín que la fiscalía a cargo de Carlos Rívolo sostendrá su razonamiento inicial: el procesamiento de Alberto Fernández.
El magistrado deberá impulsar las testimoniales requeridas, y otras medidas de prueba que podrían incluir -consignó la Cámara de Apelaciones-, “las diligencias que resulten conducentes para dilucidar cómo fue que las oficinas de los distintos organismos estatales tomadoras de seguros, concretaron las designaciones de productores/asesores a través de la intermediación de Héctor Martínez Sosa, en presunto incumplimiento del régimen de contrataciones de la administración pública nacional”.
El recorrido del caso
La firma del decreto 823/21 por parte del entonces presidente de la Nación obligó a todos los organismos y ministerios del Estado a contratar a Nación Seguros. Ese instrumento habilitó una controversial intermediación de los brokers del rubro.
Así, se firmaron 45 contratos con la participación de 25 brokers. El monto de las comisiones pagadas a intermediarios de contratos entre organismos públicos, con irregularidades y direccionamientos -según consta en la acusación- fue de 3.364.522.944 pesos.
Las negociaciones incompatibles atribuidas a Alberto Fernández junto al incumplimiento de los deberes de funcionario públicos, se sustentan -según el procesamiento que ahora está bajo revisión- en el ranking de empresarios beneficiados con los contratos amañados: en primer lugar se encuentra Héctor Martínez Sosa con el 59,6% de los contratos. Se trata del amigo del ex mandatario y esposo de su secretaria privada, María Cantero.
Cuando la Cámara de Apelaciones -responsable de revisar lo que hacen los jueces de primera instancia- confirmó el procesamiento, dijeron que desde que Fernández fue designado presidente Héctor Martínez Sosa y Compañía” -en calidad de productor asesor directo u organizador de otros – percibió un equivalente al 59,6% de las comisiones liquidadas por Nación Seguros a todos los intermediarios de las pólizas emitidas a entes estatales”.
Esto significó un “relevante incremento en los negocios que tenía, en igual marco, previo a este período. El monto (se repite) que la Sociedad con capital estatal liquidó –entre organizador y productores- en este plazo fue de 2,25 mil millones de pesos”.
Sin pronunciarse sobre el fondo, es decir, determinar la inocencia o culpabilidad de Alberto Fernández, la Cámara de Casación con el voto de los jueces Mariano Borinsky y Javier Carbajo entendió que la confirmación del procesamiento debía anularse, porque no se habían tomado una serie de declaraciones testimoniales que había solicitado la defensa del expresidente, a cargo de Mariana Barbitta.
Durante la audiencia en la Cámara de Apelaciones donde expuso ese argumento la abogada de Fernández, el fiscal de dicha instancia José Luis Aguero Iturbe, pidió la palabra -pese a que no había planteo del Ministerio Público formulado-, y convalidó el pedido del ex Presidente.
Ese planteo fue el que habilitó a la Cámara de Casación a convalidar el reclamo, aún pese a que el representante del Ministerio Público ante el máximo tribunal penal -Raúl Pleé-, había dictaminado que se debía sostener la confirmación del procesamiento por hechos de corrupción.
Esas testimoniales están vinculadas al Decreto cuestionado, sin embargo fuentes judiciales indicaron a Clarín que el eje de la causa es la acusación por negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública e incumplimiento de los deberes de funcionario público, que se corroboraron en el vínculo y beneficios con Héctor Martínez Sosa.
El fallo de la Casación -que es la instancia superior a la Cámara de Apelaciones- no dejó más remedio que el dictado de una falta de mérito y el expediente volverá al juzgado de instrucción para que se terminen de tomar las declaraciones testimoniales pendientes.
Según pudo saber Clarín de fuentes judiciales, esas medidas de prueba están en curso hace un mes: este miércoles declaró en carácter de testigo Vilma Ibarra, ex Secretaria Legal y Técnica de la presidencia de Alberto Fernández. Las testimoniales rondan alrededor del decreto que obligó a los organismos y ministerio a contratar exclusivamente a Nación Seguros.
Cuando el juez federal Sebastián Casanello junto al fiscal Carlos Rívolo procesaron al ex Jefe de Estado, entendieron que desde su posición benefició en la contratación de los seguros a quien era su amigo. No sólo el informe auditor fue una de las pruebas centrales para sustentar la acusación, sino también los mensajes que se desprenden del celular de María Cantero -ex secretaria privada de Fernández-, donde incluso se da cuenta de la participación en algunos casos del ex Presidente para allanar el camino de algunas contrataciones.
Como el expediente se encuentra en el juzgado federal 11 (cuando la causa inició estaba a cargo de Julián Ercolini), que se encuentra vacante y se subroga, ahora será el juez Ariel Lijo quien deberá resolver si vuelve a procesar a Alberto Fernández en la causa Seguros.
La acusación que se volverá a revisar
La acusación dictada por el juez de instrucción y que la Cámara Federal había confirmado, sostenía que todos los imputados de “haber intervenido mancomunadamente en forma coordinada y funcional, entre diciembre de 2019 y diciembre de 2023, en un esquema de recaudación y distribución de fondos públicos por medio del irregular direccionamiento en la contratación e intermediación en seguros tomados por distintas reparticiones públicas en Nación Seguros”.
Los brokers de seguros, sostiene la causa, “con la connivencia de Alberto Fernández, habrían operado en la contratación de seguros de diversos entes estatales, y en especial a través de la intermediación de particulares y empresas entre dichos entes y la aseguradora Nación Seguros; como así también en la inclusión de empresas coaseguradoras por parte de ésta”.
Un factor clave fue la influencia que tenía Martínez Sosa -recordemos, esposo de María Cantero, secretaria privada de Alberto Fernández- sobre el entonces presidente. Fue el celular de Cantero el que permitió desnudar gran parte de la maniobra investigada.
“Tenemos que estar más tranquilos y todo va a encaminarse. Vos tenés que estar tranquilo y ocuparte solo de las cosas importantes. Tenés un amigo Presidente. Esto pasa una vez en la vida. Y hay que ir con calma. Yo soy tu respaldo al lado de tu amigo Presidente. Somos equipo, no necesitamos más que eso. Estamos de acuerdo?”, le dijo Cantero a su esposo en una de las conversaciones.
Al respecto se había dicho: “Sus acciones mantuvieron la lógica que ya había comenzado en los meses previos a la asunción presidencial, ahora utilizando directamente el rol que tenía la segunda en la oficina de presidencia –y, se sospecha, los del entorno que se explicó más arriba- para conseguir reuniones y usufructuar contactos”.
Clarín




