Una vecina de la ciudad de Fontana fue sancionada por el Juzgado de Paz y Faltas local con $1.052.000 de multa por no custodiar debidamente a un perro pitbull que poseía en un quincho que alquilaba y que mordió a una niña de 6 años durante un evento realizado el 28 de junio de 2025.
La sanción, prevista en el artículo 88 del Código de Faltas, equivale a tres salarios mínimos, vitales y móviles, y se aplica para la tenencia indebida de animales con topes de hasta treinta días de arresto o su equivalente en efectivo hasta cinco SMVM. La norma también prevé que la pena se duplique “si el animal atacara o hiriera a alguna persona”.
En la resolución 173/26, la jueza Selva Puchot señaló que el Código de Faltas “considera el riesgo creado por mantener animales bajo custodia, lo que genera una responsabilidad objetiva o presunta. Es decir tener animales de gran porte hace que tenga que cuidarlos con la debida cautela, es decir con bozal o tenerlos custodiados, si como en este caso los dueños alquilan y/o prestan para eventos el quincho o garage y todo forma parte del mismo predio”.
Más adelante indicó que el fundamento de la norma “radica en el deber de guarda y vigilancia que pesa sobre quien es propietario o responsable de un animal, especialmente cuando se trata de animales de gran porte o potencialmente peligrosos, cuyo control exige extremar las medidas de seguridad necesarias para evitar riesgos a terceros”.
“La conducta de la imputada evidencia una omisión en el deber de custodia y control del animal, permitiendo que el mismo se desplazara libremente hacia un sector donde se encontraban personas reunidas, situación que derivó en el ataque a una persona menor de edad”, culminó.




