En un escrito de casi 30 páginas, la magistrada que es investigada sostuvo que las decisiones se adoptaron de manera conjunta con sus colegas Verónica Di Tomasso y Maximiliano Savarino, “tanto de modo diálogo presencial como vía chat de WhatsApp”.
“No existieron tomas audiovisuales ocultas, clandestinas o prohibidas, sino por el contrario, fueron conocidas y, por lo tanto, consentidas y avaladas por todos los integrantes del tribunal e incluso comunicadas informalmente en el plano institucional”, subrayó Makintach en el documento al que accedió la agencia Noticias Argentinas.
Mientras espera a saber qué resolución toman los jurados del jury por enjuiciamiento y el gobernador Axel Kicillof, la magistrada explicó que “la presencia notoria y evidente de una persona que entraba y salía de la sala llevando consigo a la vista de todos una cámara de grandes dimensiones fue el resultado de un hecho conversado en el tribunal y consecuentemente autorizado”, dando a entender que no había una “cámara oculta” como se informó.
Una vez más, señaló que por su parte no existió “promoción o participación en un documental”, sino que la idea fue de terceros, en esta ocasión Maria Lía Vidal y Juan Emilio.
“Nunca se abordó cuestiones propias del debate judicial sino más bien vinculadas a la idea de justicia frente a situaciones complejas como la vida y muerte de un ídolo mundial”, destacó y añadió que el potencial o eventual documental, en tanto idea gestada, realizada y planificada por personas distintas a la doctora “no ventilaba ninguna cuestión o incidente vinculado al desarrollo del debate”.
Otro de los puntos presentados en el documento es que Makintach solo acepto -a propuesta de una amiga del colegio conocida desde la infancia – “dar una entrevista previa al inicio del juicio, en el ámbito tribunalicio, un día inhábil, lo que no provoca afectación a su labor diaria judicial”.
Por último, se expresó acerca de su situación luego de que se haya dictaminado la nulidad del juicio y su recusación: “No hay posibilidad de considerar la existencia de mal desempeño, abuso de autoridad, malversación de recursos públicos o violación de deberes funcionales. No hay comportamiento alguno capaz de dar sustento factico a esos armados típicos, ni existe prueba objetiva o eventual indicio concreto que permita sostener tales imputaciones”.
En el petitorio, la defensa de la jueza solicitó que se rechace en todas sus partes la acusación formulada; se declare que no se configuran causales constitucionales de destitución; se disponga la plena continuidad en el cargo que honrosamente ejerce la doctora; se reafirme el compromiso institucional con la independencia judicial, la supremacía del derecho y el resguardo frente a presiones mediáticas; y que se tenga presente la reserva del caso federal.
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