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    Inicio » Fuerte repudio de jueces a cambios en la PFA: “Corre riesgo el Estado de Derecho”
    21 junio 2025 JUDICIALES

    Fuerte repudio de jueces a cambios en la PFA: “Corre riesgo el Estado de Derecho”

    El Comité Panamericano de Juezas y Jueces por los Derechos Sociales y la Doctrina Franciscana (Copaju) aseguró este sábado que los cambios que estableció recientemente el gobierno de Javier Milei a la Policía Federal Argentina (PFA) ponen "en serios riesgos el Estado democrático de derecho".
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    Fuerte repudio de jueces a cambios en la PFA: “Corre riesgo el Estado de Derecho”
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    Los jueces del organismo criticaron con dureza las detenciones ilegales, el ciberpatrullaje y las requisas sin orden judicial que permite la nueva normativa. Alertando por el nuevo estatuto de la PFA anunciado por Patricia Bullrich y Javier Milei hace pocos días. “El contenido de la norma en cuestión viola principios básicos de nuestra Constitución Nacional”, advierten.

    “Con la aparente finalidad de ‘modernizar’ la PFA, pone en serios riesgos el Estado democrático de derecho, al permitir la detención de personas sin orden judicial, al igual que la realización de requisas a personas o vehículos sin autorización judicial”, advirtió el Capítulo Argentina del Copaju. Los jueces argentinos de este ente, que fue creado por el difunto Papa Francisco en 2023 para que bregue por los derechos sociales, expresaron su “profunda preocupación” ante la sanción del Decreto 383/2025 el pasado martes.

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    En el texto difundido, se remarcó que “uno de los aspectos más preocupantes es la posibilidad de la mencionada fuerza de realizar tareas de ciberpatrullaje sin requerir autorización judicial”. También se criticó que el Gobierno nacional decidiera modificaciones a través de un decreto cuando “no se observa ninguna urgencia para modificar por esta vía, prescindiendo del Congreso de la Nación, una norma que regía desde 1958”.

    “Se advierte que el contenido de la norma en cuestión viola principios básicos de nuestra Constitución Nacional, que por otro lado son reconocidos universalmente y recetados en numerosos Tratados y Convenciones Internacionales que se encuentran expresamente incorporados a nuestra Carta Magna”, concluye el documento del Capítulo Argentina del Copaju, presidido por el juez de la Ciudad de Buenos Aires Roberto Andrés Gallardo.

    Cuáles fueron los cambios a la PFA

    A través del Decreto 383/2025, el Ejecutivo derogó una resolución de 1958 que enmarcaba el estatuto de la PFA y dictaminó uno nuevo, con el objetivo de llevar adelante un “proceso de reforma y modernización” de la fuerza. La medida busca “actualizar las facultades y estructura organizativa de la Fuerza para cumplir con su nueva visión y misión”, “priorizar y reasignar recursos conforme a las nuevas necesidades” y “modernizar protocolos, procesos y mecanismos de articulación, en particular los referentes a investigación”, entre otros puntos.

    Sin embargo, también da mayor libertad de acción a los efectivos. La fuerza podrá detener personas “sin orden de juez competente” en los casos en los que “existiesen circunstancias debidamente fundadas que hagan presumir que alguien hubiese cometido o pudiere cometer algún hecho delictivo y no acreditase fehacientemente su identidad”. Según se detalló, estas detenciones no podrán “exceder” las 10 horas y los demorados “no podrán ser alojados junto ni en los lugares destinados a los detenidos por delitos o contravenciones”.

    Por otro lado, la PFA tampoco necesitará autorización judicial para “realizar requisas personales” en las que inspeccionará “los efectivos que lleven consigo, así como el interior de los vehículos, aeronaves o embarcaciones” en cuatro casos específicos. Uno de estos es para quienes acudan a un lugar público donde esté vigente un “operativo de prevención”.

    Además, esta fuerza federal podrá realizar, sin aval judicial, distintas “tareas de prevención del delito” en espacios públicos digitales como “redes sociales abiertas, sitios web públicos y otras fuentes abiertas”. “

    Otro de los puntos del nuevo estatuto es que la PFA podrá llevar adelante “acciones necesarias para la prevención del delito y de mantenimiento del orden público, en materias de su competencia, tareas que podrán ser ampliadas a requerimiento del Ministerio de Seguridad Nacional”.

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